Puerto Rico, conocido por su vibrante cultura, impresionantes paisajes y rica historia, ha sido durante mucho tiempo un destino de primer nivel para viajeros de todo el mundo. El sector turístico es una piedra angular de la economía de la isla, impulsando el crecimiento, creando empleos y atrayendo inversiones. Reconociendo este papel vital, el gobierno de Puerto Rico ha implementado históricamente varios incentivos fiscales diseñados para estimular el desarrollo y fomentar la expansión dentro de la industria. Comprender estos incentivos y las regulaciones fiscales más amplias es crucial para las empresas que operan o buscan invertir en el dinámico sector turístico de Puerto Rico.
A partir de enero de 2025, el panorama fiscal de Puerto Rico para la industria del turismo está configurado principalmente por legislación específica destinada a promover el desarrollo del turismo. Si bien la Ley 60 de 2019, conocida como el Código de Incentivos de Puerto Rico, consolidó muchos de los programas de incentivos fiscales de la isla, las disposiciones específicas y las leyes anteriores, particularmente aquellas relacionadas con el desarrollo del turismo, siguen siendo muy relevantes o se han integrado en el marco actual. Navegar por estas leyes requiere una comprensión detallada de sus requisitos y beneficios.
Incentivos fiscales clave para el desarrollo del turismo
Puerto Rico ofrece un conjunto de beneficios fiscales para empresas y proyectos turísticos elegibles. Estos incentivos están diseñados para reducir la carga fiscal, fomentar la inversión y apoyar la creación y expansión de instalaciones y servicios relacionados con el turismo. La legislación principal que históricamente ha regido estos incentivos fue la Ley 74 de 2010, la Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010, cuyas disposiciones se han integrado o referenciado dentro del Código de Incentivos más amplio.
Exenciones del impuesto sobre la renta
Las empresas turísticas elegibles pueden beneficiarse de importantes exenciones sobre los ingresos netos derivados de sus actividades turísticas. Esta exención normalmente se aplica a los ingresos generados por la operación de hoteles, casas de huéspedes, posadas y otras instalaciones turísticas que califiquen, así como a los servicios relacionados. La tasa de exención específica y la duración dependen de la naturaleza y la ubicación del proyecto, y a menudo ofrecen tasas tan bajas como 0% o 4% durante un período definido, lo que proporciona una reducción sustancial de las tasas impositivas corporativas estándar.
Exenciones del impuesto sobre la propiedad
Los bienes inmuebles y personales utilizados en proyectos turísticos elegibles pueden calificar para una exención parcial o total de los impuestos sobre la propiedad municipales y estatales durante un período específico. Esto puede reducir significativamente los costos operativos de las instalaciones turísticas, especialmente aquellas que involucran inversiones inmobiliarias sustanciales.
Exenciones de impuestos municipales
Además de los impuestos sobre la propiedad, las empresas turísticas elegibles pueden recibir exenciones de los impuestos sobre licencias municipales, los impuestos especiales y otras tarifas municipales. Estas exenciones reducen aún más la carga fiscal local, lo que mejora la viabilidad financiera de los proyectos turísticos.
Créditos fiscales para la inversión
La legislación ha proporcionado históricamente créditos fiscales para las inversiones realizadas en proyectos turísticos elegibles. Estos créditos pueden ser una herramienta poderosa para atraer capital, permitiendo a los inversores compensar su obligación tributaria en función de su contribución a las iniciativas de desarrollo turístico aprobadas. La disponibilidad y los detalles de estos créditos están sujetos a la legislación y las regulaciones actuales.
Exención sobre distribuciones
Las distribuciones de ganancias o dividendos realizadas por una empresa turística exenta de sus ingresos elegibles también pueden estar sujetas a un tratamiento fiscal preferencial, y a menudo reciben un alto porcentaje de exención del impuesto sobre la renta para el destinatario.
Elegibilidad y requisitos
Para calificar para estos incentivos fiscales, las empresas deben cumplir con criterios específicos y obtener un decreto de exención fiscal del gobierno de Puerto Rico. Los requisitos suelen incluir:
- Operar un negocio turístico que califique o desarrollar un proyecto turístico elegible según lo definido por la legislación pertinente (por ejemplo, hoteles, paradores, casas de huéspedes, proyectos de ecoturismo, puertos deportivos, campos de golf, parques temáticos, etc.).
- Realizar una inversión mínima en el proyecto.
- Crear un cierto número de puestos de trabajo.
- Adherirse a las normas ambientales y de construcción.
- Obtener todos los permisos y licencias necesarios.
El proceso implica presentar una solicitud detallada que describa el proyecto, sus proyecciones financieras y su alineación con los objetivos del desarrollo turístico en Puerto Rico. El gobierno evalúa las solicitudes en función de su impacto económico potencial, la creación de empleo y la contribución a la infraestructura turística de la isla.
Navegación por las regulaciones fiscales y el cumplimiento
Si bien los incentivos fiscales ofrecen importantes beneficios, las empresas turísticas en Puerto Rico también deben cumplir con las regulaciones fiscales estándar. Esto incluye las obligaciones relacionadas con el Impuesto sobre las Ventas y el Uso (IVU), los impuestos sobre la retención del empleador y otros impuestos municipales no cubiertos por exenciones específicas. El registro adecuado en el Departamento de Hacienda de Puerto Rico (Hacienda) y la presentación oportuna de las declaraciones de impuestos a través de la plataforma en línea SURI son esenciales para mantener el cumplimiento y la validez de cualquier decreto de exención fiscal.
Comprender los matices del sistema fiscal de Puerto Rico, incluida la interacción entre las leyes fiscales federales y locales, es particularmente importante para las empresas con conexiones con los Estados Unidos continentales u operaciones internacionales. Por ejemplo, las empresas estadounidenses que estén considerando establecer una presencia o invertir en turismo en la isla deben navegar por las implicaciones fiscales tanto de Estados Unidos como de Puerto Rico.
Atracción de inversiones y exhibición de experiencia
La disponibilidad de estos incentivos fiscales específicos hace de Puerto Rico un lugar atractivo para la inversión en el sector turístico. Al reducir los costos operativos y aumentar los rendimientos potenciales, estos beneficios alientan a los inversores locales y extranjeros a desarrollar nuevos proyectos y revitalizar los existentes. Para las empresas y los inversores, aprovechar estos incentivos de manera eficaz requiere la orientación de expertos para garantizar la elegibilidad, navegar por el proceso de solicitud y mantener el cumplimiento continuo.
Nuestra firma se especializa en la ley fiscal de Puerto Rico, con una amplia experiencia ayudando a empresas en la industria del turismo. Entendemos las complejidades de las leyes y regulaciones fiscales pertinentes, incluido el proceso de solicitud de decretos de exención fiscal y los requisitos de cumplimiento continuo. Nuestro objetivo es ayudar a las empresas a maximizar los beneficios disponibles para ellas al tiempo que garantizamos el pleno cumplimiento de la ley fiscal de Puerto Rico.
Tenga en cuenta que las leyes fiscales son complejas y están sujetas a cambios. La información proporcionada aquí tiene únicamente fines informativos generales y no constituye asesoramiento fiscal. Los lectores deben consultar con un profesional fiscal calificado para obtener asesoramiento personalizado basado en sus circunstancias específicas.
Si usted es propietario de un negocio, inversor o profesional legal involucrado en la industria del turismo en Puerto Rico, o está considerando ingresar a este mercado, comprender el panorama fiscal es primordial. Le invitamos a discutir su situación específica y explorar cómo puede beneficiarse de los incentivos fiscales disponibles.
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